ABC Due Diligence: Evaluación de cumplimiento anticorrupción en los procesos de compra-venta de empresas

El común denominador en los procesos de adquisición de empresas es la existencia de una parte interesada en comprar, que puede ser un inversor nacional o extranjero; y una parte interesada en vender, que en muchos casos se trata de una compañía mediana o pequeña, pudiendo incluso tratarse de una empresa familiar. La intención de ambas partes en estos procesos es conseguir el mayor y mejor beneficio, pero:

¿Qué factores juegan para que estos beneficios se consoliden?; ¿Cuáles son los criterios más importantes que deben considerarse en este tipo de transacciones?; ¿Hasta dónde el tema ético y de cumplimiento puede ser crucial para consolidar o echar abajo alguna transacción?

Si nos remontáramos unos 20 años atrás para recordar cómo se llevaban a cabo los procesos de adquisición de empresas en esa época, podríamos ver que éstos eran menos complejos que en la actualidad. En aquel tiempo, el potencial comprador o inversor regularmente contrataba a un equipo multidisciplinario de expertos, incluyendo expertos en finanzas, impuestos y legal y, en ocasiones, también participaba algún experto en temas tecnológicos. Este equipo realizaba diferentes análisis y daba su opinión sobre la conveniencia o no de la transacción y, con base en esta información, el potencial comprador o inversor tomaba una decisión.

En ocasiones, este mismo proceso era solicitado por el vendedor ya que, previo a la venta, le interesaba conocer qué tanto podría pedir por su empresa y entender las áreas de oportunidad existentes para corregirlas y, quizá, estar en condiciones para pedir un mejor precio por su empresa.

Actualmente, el proceso suele ser similar; sin embargo, al grupo multidisciplinario de expertos se les han sumado otros especialistas tales como los expertos en temas ambientales, en recursos humanos y también expertos en materia anticorrupción; estos últimos son los que evalúan el nivel de cumplimiento que la empresa vendedora tiene en materia de prevención de la corrupción y actos no éticos.   

En respuesta a una de las preguntas que realizamos al inicio de este artículo, podemos mencionar que en la actualidad el tema de cumplimiento ético y anticorrupción puede ser crucial para el éxito o fracaso de alguna transacción. Ahora bien, la pregunta obligada es ¿por qué la evaluación del cumplimiento anticorrupción ha cobrado tanta relevancia? 

La respuesta a estos cuestionamientos puede ser sumamente amplia, incluyendo en primera instancia que este tipo de evaluación beneficia a la ética e integridad en los negocios y que esto debería ser un interés primordial en cualquier organización; por otra parte, también se puede mencionar que por lo regular las entidades inversoras que adquieren empresas mexicanas son compañías o grupos extranjeros que están sujetos a regulaciones impuestas en sus países de origen como pueden ser el FCPA  en Estados Unidos, la Ley contra soborno del Reino Unido, la Ley Criminal Alemana, etc. En estos casos, la aplicación de dichas leyes es extraterritorial y obliga a que las compañías hermanas, o aquellas compañías en las cuales se tenga inversión alrededor del mundo, queden sujetas a los principios que marcan las leyes antes mencionadas y cualquier incumplimiento a estas legislaciones es altamente penalizado con multas que pueden llegar a miles de millones de dólares. Como ejemplo de ello, en el 2020, el Departamento de Justicia y la Comisión de Valores y Bolsa de los Estados Unidos impusieron una multa billonaria por incumplimientos a la ley del FCPA a uno de los grupos de banca de inversión y de valores más grande del mundo, debido a que una de sus subsidiarias ubicada en Malasia pagó sobornos a funcionarios gubernamentales de alto rango en Malasia y en los Emiratos Árabes Unidos para obtener negocios lucrativos  . Es importante mencionar también que actualmente la legislación mexicana aborda la prohibición de este tipo de ilícitos, mismos que están siendo perseguidos y sancionados por las autoridades.  

Por otra parte, existen casos como el de una empresa de servicios de ingeniería marítima; que, tras participar en por lo menos tres procesos de compraventa con inversionistas extranjeros, los potenciales compradores decidieron no adquirir la empresa luego de realizar el análisis de debida diligencia anticorrupción, pues en éste se detectaron diversas irregularidades. Entre estas, fraude y potenciales actos de corrupción involucrando a una paraestatal mexicana. Por tal motivo, es de suma importancia, por un lado, que el comprador o inversor tenga claro el nivel de cumplimiento que tiene la compañía que se quiere comprar o en la cual se quiere invertir y, por el otro, que la compañía con intención de vender conozca el nivel de este cumplimiento ético en su empresa para estar a la altura de la transacción y no perder una buena oportunidad de venta.

En este contexto, cuando se realiza la debida diligencia en materia de prevención de actos de corrupción, se enfocan esfuerzos para identificar los riesgos y áreas de oportunidad que tienen las compañías que están próximas a ser adquiridas o vendidas. Asimismo, como resultado de esta evaluación se dan sugerencias sobre cómo pueden abordarse las áreas de oportunidad detectadas o cómo sería posible evitar, mitigar o minimizar los riesgos identificados. Por otra parte, también es posible realizar una estimación del tiempo y del costo en el que se incurriría para la implementación de las mejoras sugeridas o planes de remediación. Esta información resulta de gran valor para el inversionista o comprador, ya que proporciona una dimensión de tiempo y recursos humanos, materiales y monetarios en los que se podrían incurrir y, con base en ello, puede evaluar y tomar decisiones. Por otro lado, si es el vendedor quien realiza estos procedimientos, contará también con la posibilidad de evaluar y considerar su estado actual para su toma de decisiones. 

¿Qué se evalúa?

Las evaluaciones incluyen regularmente dos aspectos:

  • Una revisión general del sistema de gestión de cumplimiento anticorrupción de la empresa, teniendo en consideración para ello las mejores prácticas internacionales. Esta revisión del sistema de gestión abarca la evaluación de los mecanismos de prevención, detección y respuesta, incluyendo la evaluación de riesgos de corrupción, la debida diligencia de socios comerciales, códigos de ética y políticas relacionadas, mecanismos de denuncia y protocolos de respuesta, entre otros.
  • Un proceso de revisión transaccional, que contempla la selección de una muestra de transacciones basado en riesgo. Mediante este procedimiento, es posible probar de una forma objetiva la eficacia de los mecanismos implementados por la empresa.

Con lo anteriormente expuesto, podemos llegar a la conclusión de que mantener una cultura ética dentro de las organizaciones nos permite posicionarnos positivamente ante cualquier revisión de cumplimiento incluyendo las revisiones en procesos de fusiones y/o adquisiciones y esto puede representar beneficios importantes, no solo a nivel entidad sino a nivel social, ya que se traduce en una ventaja competitiva en el mercado en el que la empresa se desarrolle, permite evitar el pago de potenciales multas por incumplimientos éticos y, lo más importante, permite contribuir a un avance ético en los negocios.

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